Pensión por cesantía
Cuando una persona se encuentra afiliada a algún tipo de seguridad social, es decir, que en su empleo tiene las prestaciones de ley y está formalmente cotizando, esa persona está ganando el derecho a recibir una pensión. En esta ocasión nos enfocaremos al sistema del IMSS que es en donde la mayor parte de las personas cotizan.
Pongamos un ejemplo que se basa en un caso ideal, supongamos que el trabajador tiene 40 años cotizados en el IMSS y acaba de cumplir 60 años de edad, este trabajador ya podría optar por pensionarse, si él decide hacerlo en este momento, la pensión que le otorgaría el IMSS sería una pensión por cesantía. Para precisar más este punto, debemos entender el término pensión por cesantía como aquella pensión que el IMSS otorgará al trabajador cuando éste tenga de sesenta a sesenta y cuatro años de edad (cumplidos) y cumpla todos los requisitos para obtenerla. Por otro lado, la pensión por vejez se entenderá como aquella pensión que se le otorga al trabajador o cotizante cuando éste cumpla con más de 65 años de edad. Para tramitar la pensión de vejez no será necesario hacerlo exactamente a edad 65 puede prolongar más su actividad laboral en caso que así lo desee.
En los casos en que el trabajador deje de cotizar antes de edad 60 y cumpla con los requisitos para tramitar su pensión se recomienda que lo haga al cumplir sesenta años, es decir, que tramite su pensión por cesantía ya que en algunos casos los trabajadores se esperan a cumplir más edad para que el porcentaje de pensión aumente, sin embargo esto no aplica, si una persona tramita su pensión por cesantía a edad 62 con la idea que le corresponderá el 85% pero dejó de cotizar a edad 60, la pensión por cesantía que le corresponde es la calculada a edad 60, es decir, el factor de pensión que le darán es del 75%.
Mi recomendación es que si un asegurado ya no se encuentra vigente, es decir, cotizando en la empresa o bien de manera voluntaria, tramite su pensión al momento de cumplir con todos los requisitos. Ahora si el asegurado continua vigente lo ideal es revisar qué momento sería el ideal para pensionarse, puede optar por una pensión de cesantía o bien una pensión de vejez.
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