Search
Close this search box.

¿Qué son las asignaciones familiares en el IMSS?

Cuando una persona cotiza al IMSS, a la vez que debe recibir atención médica y que está generando el derecho y los fondos para recibir una pensión al momento de su retiro, también su familia tiene algunos beneficios y las asignaciones familiares son uno de ellos.

Las asignaciones familiares consisten en otorgarle al pensionado un porcentaje adicional sobre la pensión que le corresponde; dependiendo de los miembros que integren la familia del pensionado se determina dicho porcentaje de asignaciones familiares: si el asegurado tiene esposa o concubina adicionalmente a su pensión recibirá un 15% más; si tiene hijos menores de 25 años y que se demuestre que están estudiando se le otorgará un 10% por cada uno, si el pensionado no tuviera esposa ni hijos se le otorgará un 10% por cada uno de los padres que dependan económicamente de él.

Adicional a las asignaciones familiares también tiene derecho a una ayuda asistencial que consiste en otorgarle un 10% adicional de su pensión, siempre y cuando el pensionado sólo cuente con uno de los padres y no tenga hijos ni esposa.  Las asignaciones familiares y la ayuda asistencial dejarán de otorgarse al pensionado con la muerte del familiar que las originó o cuando los hijos sean mayores de 25 años, o dejen de estudiar después de los 16 años de edad, si alguno de los hijos cuenta con una capacidad especial el IMSS seguirá otorgando la asignación familiar en tanto no se pueda valer por sí mismo.

Es importante que al momento de iniciar el trámite de pensión, se presenten además de los documentos de quien la va a solicitar, la documentación necesaria para que se le otorguen las asignaciones familiares correspondientes, dicha documentación es:

  1. Si tiene esposa.- Acta de matrimonio y acta de nacimiento con vigencia no mayor a dos meses, además de identificación oficial vigente.
  2. Si tiene hijos menores de 16 años.- Acta de nacimiento con vigencia no mayor a dos meses.
  3. Si tiene hijos mayores a 16 años y hasta 25 años estudiando.- Acta de nacimiento con vigencia no mayor a dos meses y constancia de estudios el año en curso expedida por las escuelas reconocidas ante la SEP.
  4. Si tiene un hijo mayor de 16 años con discapacidad.- Acta de nacimiento con vigencia no mayor a dos meses y dictamen de invalidez.
  5. Si sólo tiene padres que dependan económicamente de él.- Acta de nacimiento con vigencia no mayor a dos meses, identificación ofician y constancia testimonial con la que se confirme la dependencia económica expedida por la autoridad judicial competente.

© 2022 Proyecta Pensiones 

Teléfono: 55-2454-9988/89

Av. Coyoacán 1058, despacho 601-B, colonia Del Valle, alcaldía Benito Juárez,, C.P. 03100 Ciudad de México.

Aviso de Privacidad

Dejar un comentario

All fields marked with an asterisk (*) are required

¿Necesitas quien te asesore?

Atendemos en todo México y también a personas que radiquen en el extranjero pero que les interese recuperar su pensión del IMSS.

Llena el siguiente formulario para contactarte e iniciar el proceso de asesoramiento, o bien, contáctanos directamente a través de los siguientes medios:

Oficina central:

Av. Coyoacán 1058, despacho 601-B, colonia Del Valle, alcaldía Benito Juárez, 03100 Ciudad de México, CDMX.  | Tel. 55-2454-9988 | 55-2454-9989 | Lunes a viernes de 9:00AM a 6:00PM

Correo electrónico: contacto@proyectapensiones.com.mx
WhatsApp: 55 6684-1176 y 55 2896 5121
Facebook: @ProyectaPensiones

AVISO DE COOKIES

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios.  Para más información puedes consultar nuestro Aviso de Privacidad.

¡Gracias!

Tu solicitud ha sido enviada. Puedes descargar nuestra Guía Rápida para Pensión en lo que nos ponemos en contacto contigo.