Régimen obligatorio y voluntario del IMSS

Existen dos regímenes por los cuales una persona puede cotizar: Régimen Obligatorio y Voluntario del IMSS.

La diferencia principal entre el Régimen Obligatorio y Voluntario del IMSS radica en que quienes cotizan en el obligatorio trabajan para un patrón y éste tiene la obligación de asegurarlos; mientras que quienes cotizan en el régimen voluntario, aunque alguna vez fueron empleados, por algún motivo dejaron de cotizar al IMSS (por cambio de trabajo, porque se independizaron), y ahora pagan por su propia cuenta una cuota mensual para tener ciertos beneficios como la obtención de una pensión una vez que llegue el momento de solicitarla.

Otra diferencia entre el Régimen Obligatorio y Voluntario del IMSS es que quienes están en el obligatorio además de generar derechos para fines de una pensión (suma de semanas cotizadas) tienen también derecho a recibir atención médica en la clínica que le corresponda; y quienes cotizan en el régimen voluntario, solamente siguen sumando semanas cotizadas pero no tienen derecho al servicio médico que otorga el IMSS a menos que paguen otra cuota de manera anual al Instituto para tener ese beneficio.

El régimen obligatorio y voluntario del IMSS son conocidos también como régimen para trabajadores asalariados y COVORO (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) o Modalidad 40, respectivamente. El régimen obligatorio y voluntario del IMSS comprenden los siguientes seguros:

  1. Régimen Obligatorio: Riesgos de trabajo, Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, Guarderías y Prestaciones Sociales.
  2. Régimen Voluntario: Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.



 

Como podemos ver, el régimen obligatorio y voluntario del IMSS tienen diferentes características que dependiendo de cuál sea nuestra situación debemos aprovechar para obtener el mayor beneficio. Por ello, es importante conocer las ventajas que ofrecen ambos regímenes y asesorarnos, estar prevenidos: si somos empleados asegurarnos de que nuestro patrón nos dio de alta y si nos independizamos o dejamos de trabajar en la iniciativa privada conocer el proceso para ingresar en el régimen voluntario, ya que con ello estaremos garantizando un mejor futuro con la obtención de una pensión digna.

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